Comunicado del ICPB 21 de mayo de 2019:

Sentencia relativa a la inadecuada utilización de la dirección electrónica habilitada

Sentencia 47/2019, de 8 de abril de 2019, de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, publicada en el BOE número 116 del día 15 de mayo de 2019, por la cual se estima el recurso de amparo por vulneración del derecho a la tutela judicial por inadecuada utilización de la dirección electrónica habilitada como cauce de comunicación del primer emplazamiento a través de la sede judicial electrónica.

Esta Sentencia reviste especial trascendencia para nosotros desde la doble perspectiva del ámbito de la representación procesal y de las funciones de colaboración con la Administración de Justicia, concretamente en el ámbito de los actos de comunicación judicial.

Podéis descargar esta Sentencia clicando Aquí