Aranceles de los procuradores. Nuevamente en la Mira.

En alguna oportunidad, una vez promulgado el Real Decreto 1373 que establece y regula los aranceles de los procuradores, la Audiencia Provincial de Zaragoza, solicitó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que revisara y emitiera un concepto acerca de esta tabla de reconocimiento de honorarios y sobre su compatibilidad con las normas comunitarias de competencia.

Aranceles de los procuradores. Nuevamente en la Mira.La preocupación de diversas instituciones acerca de aranceles de los procuradores, y de otros colectivos de profesionales, que es totalmente valida, no deja de causar cierta inquietud y desazón entre los profesionales que se sienten bajo la mira de una lupa escrutadora.

Recordemos que no es la primera vez que los honorarios de los procuradores son puestos en tela de juicio y son “denunciados” ante tribunales internacionales.  En ocasiones anteriores, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, no alcanzó a pronunciarse, ya que las partes llegaron a un acuerdo anterior al pronunciamiento.  No por ello el problema desaparece.  Es claro que, para algunas instituciones, los aranceles de los procuradores causan escozor y molestia, sin importar siquiera su alto o bajo valor.

Desde que se aprobara El Real Decreto 1373 de 2003, han sido al menos cuatro las ocasiones en que se han intentado, algunas con éxito, rebajar los aranceles de los procuradores. Algunas de esas iniciativas ofrecen, a cambio de la rebaja de los honorarios, la tranquilidad de que no se discutirá la incompatibilidad entre abogados y procuradores.

De la lectura juiciosa, de algunas de esta iniciativas se desprende que existe una percepción generalizada, según la cual, los aranceles de los procuradores son desproporcionados y reducirlos es una forma efectiva de reducir los costes de la administración de justicia, con lo cual se contribuye a “democratizar” el acceso a la misma.

El tema de la competitividad a nivel Europeo es otra constante que aparece de cuando en cuando en estas iniciativas. «Los aranceles son las bases de los honorarios de los procuradores. Los abogados tienen un baremo y el nuestro es un arancel que ahora mismo es fijo. Dependiendo de la cuantía y del asunto se cobra una cantidad, y ellos, dependiendo del despacho, cobran una cantidad según consideren. Lo nuestro es fijo y esa es una de las cosas que el anteproyecto cambiaba: pasaba de ser uno fijo a uno de máximos con una reducción de las cuantías» explica desde cl Consejo General de Procuradores un vocero autorizado.

¿Cuánto cobra un procurador?

Los aranceles de los procuradores, están regulados por la ley. En la actualidad, estos están normatizados en el Real Decreto 1373 de 2003.  Aunque la ley permite que, entre cliente y procurador se de una negociación por encima de los aranceles dispuestos en el decreto, lo cierto es que este margen no puede superar el 12 por ciento.

Por supuesto, entre la libertad de honorarios completa de que gozan los abogados, a la normativa estricta, con poco poder de negociación que somete a los procuradores, la diferencia es grande.

Valdría la pena preguntarnos porque sucede esto.  En buena medida responde a un sentimiento de rechazo de los ciudadanos a la labor de los procuradores.  Las razones son varias, pero podemos citar dos como las más importantes:

  1. La primera es que los ciudadanos que enfrentan procesos judiciales, tienen la percepción de que los procuradores no hacen nada.  Se cree que el Juez cumple con una función, el abogado por supuesto es la figura a la que mayor participación reconocen en los resultados buenos o malos de un proceso jurídico, se reconoce incluso el trabajo del fiscal (en los procesos en que tiene participación), pero no se tiene plena conciencia del papel que desempeñan los procuradores dentro de este entramado jurídico. (Ver Funciones de los Procuradores)
  2. La segunda razón es que, desde su aparición, los ciudadanos tienen la percepción de que la administración de justicia se ha encarecido por cuenta de la intervención de los procuradores en el proceso.

Por supuesto, ambas premisas son incorrectas. El trabajo de los procuradores es silencioso pero no intrascendente.  De hecho, el reconocimiento más grande que se ha hecho del trabajo de estos profesionales es el de que gracias a él, la administración de justicia se ha descongestionado y ha adquirido celeridad, transparencia y eficacia.

Si bien, la incorporación del coste de los aranceles de los procuradores, incrementó, en apariencia, el valor que representa adelantar un proceso judicial, también es cierto que los tiempos se han disminuido en forma notoria, lo que a la postre produce una mayor economía.

En la medida en que se desconoce el trabajo de los procuradores y se pretenden mermar sus ingresos, el legislativo le asigna mayores competencias. Es claro que, uno es el sentir del ciudadano de la calle y otro el pensar del gobierno que, aunque en interinidad sigue apoyando de forma decidida el trabajo de estos profesionales.

Al respecto, la Decana del Colegio de Procuradores Mónica Navarro-Rubio, al ser consultada por el informativo “Granada Hoy” respondió: “Las modificaciones en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) sí nos van a afectar mucho, así como la ley de Demarcación de Planta. Ahora mismo hay una comisión de expertos, entre los que hay un procurador -que es el decano de Madrid-, en la que se están discutiendo todas nuestras nuevas funciones. Quieren convertirnos en agentes de autoridad, con lo que ya no sería necesaria la presencia de dos testigos para hacer los actos de comunicación (notificaciones, emplazamientos, citaciones…). También pretenden ampliar nuestras facultades en ejecución, de modo que seamos el secretario y los procuradores quienes llevemos a cabo la ejecución, un trámite fundamental, pues no sirve de nada tener una sentencia favorable si luego se tarda dos años en ejecutarla. Yo creo que las nuevas facultades que se suponen que tendremos serán buenas para agilizar la Justicia y para el justiciable.”

Los aranceles de los procuradores seguirán siendo un tema espinoso y difícil de tratar, más aún cuando al llegar a él, se discuten simultáneamente temas como la incompatibilidad con los abogados y la disminución de competencias.  Entre tanto, y mientras se define un cuerpo legislativo en propiedad, los procuradores, y el poder judicial en general esperarán con paciencia.