Control de señalamientos, plazos y recursos de los procesos De Miquel Procuradores y Asociados

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Control de señalamientos, plazos y recursos de los procesos

¿Qué son los señalamientos?

En la vida diaria la comunicación es esencial para un buen entendimiento y para agilizar las relaciones. En el campo jurídico pasa los mismo, por ello es esencial que exista una permanente comunicación y puesta en contacto entre los distintos sujetos que intervienen para conocer los actos procesales.

Y dentro de estos actos de comunicación el procurador tiene una tarea imprescindible ya que se preocupa de presentar en el plazo establecido todos los escritos necesarios para del procedimiento.

El procurador recuerda a los letrados cuándo son los plazos de todos los asuntos y señalamientos judiciales.

¿Qué es señalamiento?

Por señalamiento entendemos el fijar el día y la hora para el juicio o para realizar una diligencia judicial. La tarea exacta del procurador sería la de velar por la información de la fijación de los señalamientos recordando a los distintos letrados y colaborando con los órganos judiciales para que estos señalamientos se cumplan.

¿Qué son los plazos?

Hacíamos mención anteriormente del concepto jurídico de plazo. El plazo hace referencia al futuro y a una cosa que es cierta determinante a los hechos en sí, ya que estos deben empezar y extinguirse en un momento determinado o cuando han acaecido.

Lo diferenciamos de la condición ya que, en su carácter certero, este debe acontecer guste o no.

Podemos ejemplificarlo en los siguientes casos baladíes: “Tienes tiempo hasta mañana para entregarme el artículo” o “Tienes de plazo hasta pasado mañana para devolverme la deuda de 2 euros que contrajiste conmigo hace 20 años”.

Estos son plazos explícitos, claros y certeros ya que está definidos dentro de una temporalidad concreta y tenemos la certeza de cuándo estos debes acontecer.

Por el contrario: “Cuando mi padre muera heredaré una inmensa fortuna”, el plazo es incierto ya que no es concreto, no sé cuándo morirá mi padre, pero es evidente es que este morirá de la misma manera que morimos todos, ahora que no sabemos ni el día ni la hora en que este va a acontecer.

El plazo se considera suspensivo cuando el derecho comienza en el cumplimiento del plazo, como una acción acabada; pero cuando este termina a partir de él, entonces los llamamos plazo resolutorio.

En los contratos el plazo es un elemento contingente ya que puede prescindir-se de él, pudiéndose este exigir en cualquier momento. El plazo legal suele ser prescrito por la ley misma. Pongamos un ejemplo: en el caso de un despido o renuncia, el derecho laboral especifica cuáles son los plazos.

Ciertas organizaciones, universidades y otros organismos imponen plazos para realizar las inscripciones, o para realizar solicitudes de empleo, el cobro de ciertas facturas, etc… Al vencimiento de este intervalo de tiempo o plazo ya no será posible realizar dichos trámites.

¿Qué son los recursos?

El recurso es una forma jurídica mediante la que se impugna un acuerdo o resolución por la que el sujeto perjudicado, por los motivos alegados, intenta que la resolución se reforme o pase a instancias superiores.

Tipos de recursos

Dejando la actualidad del caso, distinguimos varios tipos de recursos según sean los fundamentos. Señalaremos los más habituales:

  • Recurso no devolutivo: es aquel que tiene que ser resuelto por el mismo órgano judicial que dictó la resolución impugnada.
  • Recurso devolutivo: cuando este es resuelto por un órgano resolutivo de categoría superior.
  • Recurso ordinario: aquel que permite impugnar una resolución por cualquier motivo o causa.
  • Recurso extraordinario: es aquel que en que la resolución objeto de recurso solo puede ser impugnada o atacada fundamentalmente en motivos concretos o en causas de refutación prevista por la ley para el caso.
  • Recurso contencioso-administrativo: es aquel que se interpone contra las resoluciones de la Administración. El proceso que hay que seguir está explicitado en la Ley 29/1988, de 13 de junio.
  • Recurso de anulación: este se suele dar en la sentencia dictada en un procedimiento abreviado penal, cuando el condenado está ausente, y no se han cumplido los requisitos previstos por la ley.
  • Recurso de apelación: es un recurso que se da cuando un sujeto perjudicado por una resolución judicial somete dicha resolución a un tribunal superior del que la dictó. Es un recurso ordinario y devolutivo.
  • Recurso de casación: es un recurso extraordinario y devolutivo. Se pide al Tribunal Supremo, o si es el caso, al Tribunal Superior de Justicia, que se anule determinado tipo de resolución definitiva de instancias inferiores. No solo se intenta sustituir una resolución por otra, sino también reparar el daño.

Es esencial que el procurador se haga cargo del control de los señalamientos, plazos y recursos de los procesos para que así, y colaborando con el estamento judicial, se aligere la ejecución de las distintas etapas del proceso.

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